Incumbencias correspondientes a los títulos de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía y Profesor en Psicopedagogía
Ministerio de Cultura y Educación

Resolución Nº 2473 / Folio 16 /17/18/19/20
Buenos Aires, 2 de noviembre de 1984

Visto el expediente Nº 39.709/84 del registro del Ministerio de Educación y Justicia, por el cual se eleva la propuesta de incumbencias profesionales correspondientes a los títulos de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía y Profesor en Psicopedagogía,
y Considerando:

Que dichos títulos no se encuentran contemplados en la Resolución Nº 1.560/80, que establece normas generales relativas a incumbencias y alcance de los títulos expedidos por las universidades nacionales.

Que resulta necesario fijar las incumbencias de los títulos no comprendidos en la citada Resolución, a los efectos de posibilitar el mejor ordenamiento de la actividad profesional.

Que la propuesta de incumbencias de los títulos en cuestión ha sido elaborada con la participación de especialistas, representantes de las universidades nacionales, provinciales y privadas, con la Federación Argentina de Psicopedagogos y de la Asociación de Psicopedagogos de la Capital Federal.

Que los organismos técnicos del Ministerio de Educación y Justicia han dictaminado favorablemente.

Que conforme a lo establecido por el artículo 6º, inciso g) de la Ley 23.068, es atribución de este Ministerio la fijación y alcance de los títulos y grados y las incumbencias profesionales de los títulos.

Por ello, El Ministerio de Educación y Justicia Resuelve:

ARTICULO 1º. – Fijar, para los títulos de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía y Profesor en Psicopedagogía, las incumbencias que se agregan como Anexo a la presente resolución.

ARTICULO 2º. – Incorporar al Anexo II de la Resolución Nº 1.560/80 las incumbencias correspondientes a los títulos de Psicopedagogo, Licenciado en Psicopedagogía y Profesor en Psicopedagogía, fijados por la presente resolución.

ARTICULO 3º. – Regístrese, comuníquese y archívese.